U necesitaría desarrollar y mantener 2 acuerdos separados. Uno para el empleo y uno para la ocupación del inquilino. En el acuerdo del inquilino, puede hacer referencia a la “contraprestación” para cubrir parcialmente el acuerdo de empleo. En otras palabras, en lugar de cobrar $ 2k, usted está cobrando $ 1k por mes además de los servicios prestados bajo el contrato de empleo … (luego hágalo).
En el acuerdo de empleo, es necesario definir claramente, compensación, horas extras, seguro, responsabilidad … etc. Sin un acuerdo por separado, podría ser enrolado por un tiempo extra y pasar los salarios adeudados que en manos del abogado correcto podrían costarle la propiedad.
Investigué esto hace años, cuando encontré instalaciones de almacenamiento como inversiones. Algunas de estas instalaciones tienen asistentes las 24 horas. Y se convirtieron en sujetos de la demanda colectiva debido a que los asistentes debían responder a la solicitud de acceso en horarios irregulares, lo que por ley estatal significa a través del tiempo. Con el tiempo, durante un período de 10 años, más una multa por no pagar, se suma todo el dinero.
De acuerdo, su caso no es comercial, pero tendrían derecho al salario mínimo (ahora $ 14 por hora en San Francisco), si no existe un contrato de trabajo que ya haya definido su plan de compensación, que es el subsidio de alquiler.
En resumidas cuentas, debe cubrir claramente la descripción del puesto de trabajo, de modo que no haya ambigüedades si lo arrastran frente al tribunal estatal o federal sobre Salarios y beneficios.
Buena suerte.