El Sr. Goldenberg menciona el riesgo de incendio, lo cual es algo inteligente a tener en cuenta. No había pensado en eso.
En cuanto a las ramificaciones legales de apropiarse del nombre y la obra de otra persona, debo recalcar que no soy abogado. Sin embargo, me imagino que cualquier bodega que desaprobara tendría que demostrar que alguien podría confundir su vela por una botella de su vino, y por lo tanto haber sufrido daños materiales. Ese sería un caso muy, muy difícil de hacer.
Además, me gustaría ver exactamente qué bodega podría pensar que sería una buena idea demandar a un tipo que hace velas con su hija para una obra de caridad. Ese sería un valiente movimiento de relaciones públicas, por decirlo suavemente.