Helado y crema congelada, servicio suave
(a) Descripción. (1) El helado es un alimento producido por congelación, mientras revuelve, una mezcla pasteurizada que consiste en uno o más de los ingredientes lácteos opcionales especificados en el párrafo (b) de esta sección, y puede contener uno o más de los caseinatos opcionales especificados en el párrafo (c) de esta sección está sujeto a las condiciones expuestas a continuación, una o más de las proteínas de leche hidrolizadas opcionales según lo dispuesto en el párrafo (d) de esta sección sujeto a las condiciones expuestas a continuación, y otras sustancias no tóxicas seguras y adecuadas ingredientes derivados; y excluyendo otras grasas alimenticias, excepto aquellas que son componentes naturales de los ingredientes aromatizantes utilizados o que se agregan en cantidades incidentales para cumplir funciones específicas. El helado se endulza con edulcorantes seguros y adecuados y se puede caracterizar por la adición de ingredientes aromatizantes.
(2) El helado contiene no menos de 1.6 libras de sólidos totales por galón, y pesa no menos de 4.5 libras por galón. El helado contiene no menos del 10 por ciento de grasa láctea, ni menos del 10 por ciento de sólidos lácteos sin grasa, excepto que cuando contiene grasa láctea al 1 por ciento por encima del 10 por ciento mínimo, puede contener los siguientes niveles de grasa láctea en grasa desnatada:
Porcentaje de grasa de leche
Porcentaje mínimo de sólidos de leche sin grasa
Excepto que cuando se usan uno o más sabores voluminosos, el peso de la grasa láctea y el total de sólidos lácteos no es inferior al 10 por ciento y 20 por ciento, respectivamente, del resto obtenido al restar el peso de los sabores voluminosos del peso del alimento terminado ; pero en ningún caso el peso de la grasa láctea o el total de sólidos lácteos es inferior al 8 por ciento y al 16 por ciento, respectivamente, del peso del alimento terminado. Excepto en el caso de la crema congelada, el helado contiene menos del 1,4 por ciento de sólidos de yema de huevo en peso del alimento, sin incluir el peso de los ingredientes aromatizantes voluminosos utilizados. La crema congelada debe contener 1,4 por ciento de sólidos de yema de huevo en peso del alimento terminado . Sin embargo, cuando se agregan sabores voluminosos, el contenido de sólidos de yema de huevo de flan congelado puede reducirse en proporción a la cantidad en peso de los sabores voluminosos agregados. pero en ningún caso el contenido de sólidos de yema de huevo en los alimentos terminados es menor al 1.12 por ciento. Un producto que contenga sólidos de yema de huevo en exceso de 1.4 por ciento, el máximo establecido en este párrafo para helado, puede ser comercializado si está etiquetado como se especifica en el párrafo (e) (1) de esta sección.
Es el jarabe de maíz peligroso?
¿Qué sabe mejor en un batido de lino o semillas de chia?
¿Dónde puedo obtener golgappa en Ranchi?
¿Puedes comer huevos crudos? ¿Cómo?
¿Por qué las nueces son ricas en grasas pero los granos de cereal (también las semillas) no?
(3) Cuando se calcula la cantidad mínima de grasa láctea y sólidos lácteos no grasos requeridos en el alimento terminado, los sólidos de chocolate o cacao utilizados se considerarán un ingrediente aromatizante voluminoso. Con el fin de tener en cuenta los ingredientes edulcorantes adicionales necesarios cuando se utilizan ciertos ingredientes voluminosos, el peso de los sólidos de chocolate o cacao puede multiplicarse por 2,5; el peso de las frutas o frutos secos se puede multiplicar por 1,4; y el peso de los frutos o zumos de frutas parcial o totalmente desecados se puede multiplicar por factores apropiados para obtener los pesos originales antes del secado y este peso se puede multiplicar por 1,4.
(b) Ingredientes lácteos opcionales. Los ingredientes lácteos opcionales a los que se hace referencia en el párrafo (a) de esta sección son: crema; crema seca; crema de plástico (a veces conocida como grasa concentrada de leche); mantequilla; Aceite de mantequilla; Leche; leche concentrada; leche evaporada; leche condensada azucarada; leche condensada sobrecalentada; leche en polvo; leche desnatada; leche descremada concentrada; leche desnatada evaporada; leche descremada condensada; leche descremada condensada supercalentada; leche descremada condensada endulzada; leche parcialmente descremada condensada endulzada; leche en polvo sin grasa; dulce crema de suero de leche; suero de leche dulce condensado; suero de leche dulce y crema; leche desnatada, que puede estar concentrada, y de la que se ha eliminado parte o la totalidad de la lactosa mediante un procedimiento seguro y adecuado; leche desnatada en forma concentrada o seca que ha sido modificada tratando la leche desnatada concentrada con hidróxido de calcio y fosfato disódico; y suero y aquellos productos de suero modificados (por ejemplo, lactosa reducida, suero lácteo reducido y concentrado de proteína de suero lácteo) que la FDA ha determinado que son generalmente reconocidos como inocuos (GRAS) para su uso en este tipo de alimentos. Se puede agregar agua o se puede evaporar agua de la mezcla. La crema de leche dulce y la crema de leche concentrada dulce o la crema de leche dulce seca, cuando se ajusta con agua hasta un contenido total de sólidos de 8.5 por ciento, tiene una acidez valorable de no más de 0.17 por ciento, calculada como ácido láctico. El término “leche” como se usa en esta sección significa leche de vaca. Cualquier suero de leche y productos lácteos modificados utilizados contribuyen, solos o en combinación, no más del 25 por ciento en peso del contenido total de sólidos de leche sin grasa del alimento terminado. La leche desnatada modificada, cuando se ajusta con agua hasta un contenido total de sólidos del 9 por ciento, está sustancialmente libre de ácido láctico según se determina mediante titulación con NaOH 0,1 N , y tiene un valor Ph en el rango de 8,0 a 8,3.
(c) Caseinatos opcionales. Los caseinatos opcionales a los que se hace referencia en el párrafo (a) de esta sección que pueden agregarse a la mezcla de helado que contiene no menos del 20 por ciento de sólidos lácteos totales son: Caseína preparada por precipitación con gomas, caseinato de amonio, caseinato de calcio, caseinato de potasio y sodio caseinato. El caseinato puede agregarse en forma líquida o seca, pero debe estar libre de exceso de álcali.
(d) Proteínas de leche hidrolizadas opcionales. Una o más de las proteínas lácteas hidrolizadas opcionales mencionadas en el párrafo (a) de esta sección se pueden agregar como estabilizadores a un nivel que no exceda el 3 por ciento en peso de la mezcla de helado que contenga no menos del 20 por ciento de sólidos lácteos totales, siempre que cualquier suero de leche y productos lácteos modificados utilizados contribuyen, solos o en combinación, a no más del 25 por ciento en peso del contenido total de sólidos de leche desnatada del alimento terminado. Además, cuando se utilizan proteínas lácteas hidrolizadas en los alimentos, la declaración de estos ingredientes es necesaria.
El helado se define como un producto lácteo. Claramente, “grasa de cerdo” no es láctea.