Probablemente. Ella debe estar protegida de la mayoría de los reclamos por infracción de derechos de autor por la doctrina de la primera venta. Starbucks es quien produce las tazas, por lo que Carrah no está copiando. Puede revender un trabajo protegido sin infringir los derechos de autor del trabajo. Incluso puede modificar una obra original y revenderla sin infringir los derechos de autor del trabajo.
Sin embargo, es una cuestión más estrecha cuando se trata de infracciones de marcas comerciales. La prueba de infracción de marca es si el consumidor medio confundiría su marca con el original. Esto significa que si el consumidor promedio piensa que Starbucks ha autorizado el uso de su logotipo, entonces puede estar en peligro por una infracción. ¿Los consumidores pueden confundirse con su uso? No lo sé.
Ella podría, por supuesto, tratar de disipar cualquier posible confusión al proporcionar descargos de responsabilidad cada vez que vende estas tazas.
Actualización: si tiene tiempo, le sugiero que lea este artículo, que detalla los principales problemas legales presentados aquí. Está enfocado en el Noveno Circuito por lo que la ley puede variar en su jurisdicción, pero los problemas serán los mismos. http: //digitalcommons.law.scu.ed…